El transporte para empresas se puede realizar, dependiendo del número de
personas, en buses (18 o más pasajeros), minibuses (12 a 17 pasajeros) y taxis colectivos (hasta 4 pasajeros). Se excluyen los vehículos de carga como medio de transporte privado de trabajadores.

Para cualquiera de los vehículos anteriormente mencionados y sus conductores, se tiene que contar con la siguiente documentación que debe estar disponible en el vehículo y que puede ser fiscalizada en cualquier momento por Carabineros de Chile, inspectores ministeriales y/o inspectores municipales. Esta documentación que atañe al conductor y al vehículo, y su vigencia DEBE SER REVISADA POR LA EMPRESA CONTRATANTE al momento de contratarse el servicio:
Cada uno de estos documentos conlleva exigencias que es necesario conocer al momento de establecer un contrato con una empresa de transporte para empresas y transporte de pasajeros. En este sentido, para el caso de la licencia de conductor profesional vigente, el artículo 8 de la Ley Nº 18.290 indica:
“Los propietarios o encargados de vehículos no podrán celebrar
actos o contratos que impliquen la conducción de esos vehículos
por personas que no tengan una licencia vigente para conducir la
clase de vehículo de que se trate.
Si la infracción a esta prohibición fuera cometida por personas o
empresas dedicadas a dar en arrendamiento vehículos motorizados,
serán sancionadas con la clausura del establecimiento, que no
podrá ser inferior a siete días ni superior a quince. En caso de
reincidencia, los plazos señalados se elevarán al doble y en caso
de una tercera infracción, el Juez decretará la clausura definitiva
del establecimiento.”

Liencias para transportes
Para conducir vehículos de transporte público o transporte de personal privado de pasajeros se necesita una licencia Clase A, dependiendo su clasificación en esta categoría del número de pasajeros transportados. A-1: para conducir taxis. A-2: para conducir taxis y vehículos motorizados de transporte público o privado de personas con capacidad de diez a diecisiete asientos, excluido el conductor. A-3: para conducir taxis y vehículos motorizados de transporte público o privado de personas sin limitación de capacidad de asientos. Pareciera haber un vacío en vehículos con capacidad de cuatro a nueve asientos, pero en este caso se pide una licencia A-2 o A-3.
Fuente . https://www.achs.cl/